
Las Fiestas Navideñas están a la vuelta de la esquina. Si de forma excepcional estás pensando en poner algún tipo de negocio durante estas fechas —como vender comida o bebida en una Feria o participar de una feria artesanal—, debes saber que existe una forma de regularizar esta actividad sin necesariamente iniciar actividades en el SII. Existe una herramienta digital, conocida como «Tasación de Actividades Esporádicas», que está pensada facilitar el pago de impuestos por las ventas que se generen, en este caso, durante actividades esporádicas como Ferias o Fondas.
Cabe destacar que la Tasación de Actividades Esporádicas es una autorización excepcional para personas que no tienen inicio de actividades, ya que no realizan la actividad de forma habitual
En el caso de emprendedores, señalan que su obligación es hacer inicio de actividades y formalizarse.
Aunque su uso aumenta durante los festivos, la calculadora para la Tasación de Actividades Esporádicas está disponible durante todo el año.
Cómo utilizar la Tasación de Actividades Esporádicas
Lo primero que debes tener en cuenta es que no se deben superar las 25 UTM de capital inicial para poder acceder a la Tasación de Actividades Esporádicas. A Diciembre de 2025 dicho monto está en el orden de los $1.738.550.
Ingresa al Servicio de Impuestos Internos con tu RUT y Clave Tributaria y luego dirígete al Asistente para cálculos. Deberás seleccionar la última opción que indica «Calculadora Tasaciones Esporádicas (TAE)» y luego «Ingreso a la Calculadora de Tasaciones Esporádicas».

Para realizar el cálculo, los interesados deberán ingresar los datos sobre la actividad a realizar, estos son:
1. Antecedentes generales de la actividad

2. Información del lugar y tipo de actividad

3. Compras asociadas a la actividad
4. Ventas estimadas
Una vez realizado ese pago, recibirás inmediatamente un certificado digital como comprobante que estás autorizado/a a realizar la actividad comercial y con la obligación tributaria al día.


